Ley 4/1989 · Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ley 4/1989 Art. 21
Artículo 18
Artículo 21. Convenios con otras Administraciones.
Se podrán establecer convenios y acuerdos entre el Organismo estadístico de la Comunidad Autónoma Andaluza, el de la Administración Central del Estado y los de otras Administraciones, para garantizar el máximo aprovechamiento de la actividad estadística en competencias e intereses comunes.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2007-04-27