Ley Foral 19/1996 Art. 8
CAPÍTULO III
Artículo 8. Órgano de gestión.
El Registro de actividades e intereses de altos cargos será gestionado con total independencia por la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, en los términos que se determinen reglamentariamente.»
Änderungsgeschichte
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