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Ley 6/1997 · Ley 6/1997, de 22 de mayo, de Ferias Comerciales Oficiales de Castilla y León.

Ley 6/1997 Art. 20

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 20.

1. Las infracciones tipificadas en esta Ley serán sancionadas con multa cuya cuantía se establecerá de acuerdo con la siguiente escala:

a) Infracciones leves, hasta 15.000 euros.

b) Infracciones graves, desde 15.001 hasta 30.000 euros.

2. La cuantía de la sanción se graduará teniendo en cuenta la intencionalidad, el número de afectados, la gravedad de los perjuicios ocasionados, los intereses comerciales de la Comunidad Autónoma, el prestigio de las instituciones y la reincidencia.

Änderungsgeschichte
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