Ley 16/1996 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Objeto.
La presente Ley tiene por objeto la regulación de las actuaciones inspectoras y de control de las entidades, servicios y establecimientos de servicios sociales, a fin de contribuir a la mejora permanente del sistema catalán de servicios sociales y de garantizar el derecho del ciudadano a una adecuada prestación de los servicios sociales.