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Real Decreto 29/2000 · Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, sobre nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud.

Real Decreto 29/2000 Art. 42

Sección 1

In KraftAmtlicher Text

Artículo 42. Órganos de gobierno.

1. El máximo órgano de gobierno de la fundación es el Patronato, que ostentará la representación de la misma y ejercerá las facultades necesarias para la realización de los fines fundacionales.

2. El Patronato, cuyos miembros serán designados y cesados por la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, estará constituido del modo siguiente:

a) Un Presidente.

b) Los vocales, en un número mínimo de seis y máximo de ocho, de entre los cuales lo serán:

1.º Uno a propuesta de la Consejería de la Comunidad Autónoma en la que esté ubicada la fundación y que tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad.

2.º Uno a propuesta del Ayuntamiento del municipio que tenga mayor población adscrita a la fundación.

3.º Uno a propuesta de la universidad en el caso de tratarse de hospital universitario.

c) Un Secretario, que actuará con voz y sin voto.