Ley 2/2000 · Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.
Ley 2/2000 Art. 72
CAPÍTULO III
Artículo 72. Fines benéfico-sociales.
Las Cajas de Ahorro estarán obligadas a desarrollar programas de índole benéfico-social, asistencial o cultural en protección y ayuda de las necesidades populares.