Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley Foral 4/2000 · Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.

Ley Foral 4/2000 Art. 10

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 10.

1. El Adjunto del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra cesará automáticamente en el momento de la toma de posesión de un nuevo Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra nombrado por el Parlamento.

2. El supuesto previsto en el artículo 8, apartado 4, de la presente Ley Foral implica el mantenimiento en sus funciones del personal asesor de la oficina del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, que no podrá ser cesado por el Adjunto que cubra la interinidad sin la aprobación de la Comisión de Régimen Foral de la Cámara.