Acuerdo de 26 de julio de 2000 Art. 29
Sección 3
Artículo 29.
Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, se publicarán éstas inmediatamente en el tablón de anuncios del Tribunal respectivo.
Dentro de los dos días siguientes a la finalización del plazo de presentación de candidaturas, las Juntas Electorales comunicarán a los representantes de las candidaturas las irregularidades apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo para subsanación es de cuarenta y ocho horas.