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Acuerdo de 26 de julio de 2000 · Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.

Acuerdo de 26 de julio de 2000 Art. 52

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 52.

En caso de cese anticipado, por cualquier causa, de alguno de los miembros elegidos de la Sala de Gobierno, su puesto será cubierto por el correspondiente sustituto (artículo 151.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), entendiéndose por tal el que figure en la relación de sustitutos en el mismo lugar ordinal que el titular que cesa figurara en la relación de titulares.