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Acuerdo de 26 de julio de 2000 · Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.

Acuerdo de 26 de julio de 2000 Art. 53

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 53.

1. Si se tratare del cese anticipado de un miembro electo por la categoría de Magistrado y el correspondiente sustituto también cesare o hubiere cesado con anterioridad, el puesto será cubierto por el candidato que figure como titular no elegido que hubiera obtenido mayor número de votos. Si no restaren candidatos votados, se convocarán elecciones parciales para cubrir el puesto o puestos vacantes.

2. Cuando se produjese el cese anticipado de un miembro electo por la categoría de Juez y el sustituto de tal categoría también cesare o hubiese cesado con anterioridad y no hubiere ningún otro en la Sala de Gobierno con dicha categoría, el puesto será cubierto por el candidato que figure como titular no elegido con mayor número de votos siempre que tenga la categoría de Juez. Si no restare ninguno que reúna estas condiciones, se convocarán elecciones parciales para cubrir el puesto o puestos vacantes.