Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglam Art. 15
Sección 2
Artículo 15. Contenido de la Declaración General del Capitán.
La Declaración General del Capitán se ajustará al modelo que figura como anexo I y en ella deberán consignarse los datos requeridos de acuerdo con el tipo de buque, su carga y la actividad que desarrolla.