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Ley 4/2000 · Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Ley 4/2000 Art. 24

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 24. Derechos del público.

Además del derecho a contemplar el espectáculo, a participar en la actividad recreativa o al uso del servicio correspondiente, el público tiene derecho a:

a) Que el espectáculo o actividad se desarrolle en su integridad y en la forma y condiciones que se hayan anunciado por la empresa.

b) La devolución del importe abonado por las localidades adquiridas, en el supuesto de no estar conforme con la variación o modificación impuesta por la empresa respecto de las condiciones ofertadas, salvo que las variaciones se produzcan cuando ya hubiere comenzado la actuación y estuvieran justificadas por causa de fuerza mayor.

c) Que la empresa le facilite el libro de reclamaciones para hacer constar en el mismo la reclamación que estime pertinente.

d) Ser informado a la entrada sobre las condiciones de admisión.

e) A recibir un trato respetuoso y no arbitrario ni discriminatorio.