Ley 5/2001 Art. 3
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 3. Cooperación y participación municipal.
Los órganos y Entidades competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía fomentarán la máxima cooperación y participación de las Entidades Locales interesadas en orden a la planificación, promoción, establecimiento y explotación de las áreas de transporte de mercancías.