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Ley 3/2001 · Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Ley 3/2001 Art. 29

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 29. Cese.

Los Vicepresidentes y los Consejeros cesan en sus funciones:

a) Por cese del Presidente de la Junta, si bien continuarán en funciones hasta la toma de posesión de la nueva Junta.

b) Por dimisión aceptada por el Presidente.

c) Por revocación de su nombramiento decidida libremente por el Presidente.

d) Por fallecimiento.

e) Por sentencia firme que le inhabilite para el desempeño del cargo.