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Real Decreto 949/2001 · Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.

Real Decreto 949/2001 Art. 33

Sección 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 33. Canon de almacenamiento de GNL.

Este peaje dará derecho al uso de las instalaciones necesarias para el almacenamiento de GNL en las plantas de regasificación. Incluirá un término fijo aplicable a la capacidad de almacenamiento contratada y se facturará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Pg = Tfg*Qg

Donde:

Pg: importe mensual facturado, en euros.

Tfg: término fijo del canon de almacenamiento, en euro/kWh/día.

Qg: capacidad de almacenamiento contratada, en kWh/día.

Änderungsgeschichte
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