Real Decreto 63/2001 Art. 17
Sección 6
Artículo 17. Régimen de contratación y de control de eficacia y supervisión continua.
El organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales se regirá por el régimen jurídico aplicable para la contratación de bienes y servicios establecido para las administraciones públicas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y su normativa de desarrollo.
El organismo autónomo estará sometido al control de eficacia que será ejercido por el Ministerio de Hacienda, a través de la Inspección General de dicho ministerio en los términos establecidos en el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, el organismo estará sometido a la supervisión continua del Ministerio de Hacienda, a través de la Intervención General de la Administración del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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