Orden 241/2001 Art. 5
CAPÍTULO I
Artículo 5.
El Patronato estará regido por un Consejo Rector y administrado y gobernado por una Junta de Gobierno. El Presidente del Patronato y de su Junta de Gobierno será un oficial general de la Armada nombrado por orden ministerial a propuesta del Jefe de Estado Mayor de la Armada.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2011-09-22