Ley 1/2001 · Ley 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria.
Ley 1/2001 Art. 9
CAPÍTULO III
Artículo 9. Fines.
Son fines esenciales de estas corporaciones la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación institucional exclusiva de las mismas cuando estén sujetas a colegiación obligatoria, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2010-06-04