Real Decreto 375/2001 Art. 8
SECCIÓN 2
Artículo 8. Funciones del Consejo Rector.
Corresponden al Consejo Rector las siguientes funciones:
1. Conocer y asesorar sobre las líneas y criterios de actuación del Instituto.
2. Conocer e informar el anteproyecto de presupuestos y la memoria anual del Organismo.
3. Supervisar la gestión desarrollada por el Instituto, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Ciencia e Innovación.
4. Conocerá y será informado por el Director del Instituto del plan y programa anual de actividades y del estado de ejecución presupuestaria.
5. Aprobar las propuestas de creación o participación en el capital de sociedades mercantiles a que se refiere el artículo 4.b) del presente Estatuto.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2009-11-18