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Real Decreto 375/2001 · Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III".

Real Decreto 375/2001 Art. 9

SECCIÓN 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 9. Régimen de Funcionamiento del Consejo Rector.

1. El Consejo Rector se reunirá, previa convocatoria de su Presidente y a iniciativa del mismo o de la cuarta parte de los vocales, al menos una vez al año en sesión ordinaria.

El Presidente podrá acordar la celebración de reuniones extraordinarias tantas veces como sea necesario para el desarrollo de las funciones que el Consejo Rector tiene encomendadas, a iniciativa propia o a petición de, al menos, la cuarta parte de los vocales.

2. El Presidente, a petición del Consejo Rector o a iniciativa propia, podrá convocar a las reuniones del Consejo Rector, con voz pero sin voto, a aquellas personas que, por su experiencia en la materia o por su posición institucional en el Organismo, puedan aportar una información relevante sobre temas incluidos en el orden del día.