Real Decreto 461/2002 Art. 22
CAPÍTULO IV
Artículo 22. Documentación.
La comunicación indicada en el artículo anterior deberá llevar el visto bueno de los servicios del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, encargados del control e inspección de la producción de isoglucosa o un certificado emitido por dicho servicios.