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Ley 5/2002 · Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.

Ley 5/2002 Art. 36

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 36. Control de la prescripción y dispensación.

1. La Consejería de Sanidad prestará especial interés en el control de la producción, prescripción y dispensación de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, dentro del marco legislativo vigente.

2. La prescripción de fármacos estupefacientes y psicotropos se realizará por los facultativos, bajo el control e inspección de las autoridades sanitarias.