Ley 11/2002 · Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
Ley 11/2002 Art. 74
TÍTULO V
Artículo 74. Del apoyo económico de la Administración Autonómica en materia de Juventud a las Administraciones Locales.
La Administración de la Comunidad Autónoma establecerá planes especiales de financiación de las Corporaciones Locales para apoyar el establecimiento y mantenimiento de los servicios a los que se refiere esta Ley.