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Real Decreto 1137/2002 · Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)».

Real Decreto 1137/2002 Art. 4

In KraftAmtlicher Text

Artículo 4. Convalidación y acreditación de los diplomas.

1. Los alumnos que hayan obtenido el diploma de español nivel C2 y se incorporen al sistema educativo español por convalidación de estudios realizados en otro país quedarán exentos de realizar las pruebas de competencia en español que estén establecidas al efecto.

2. Los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y los demás extranjeros que, cumpliendo con lo establecido por la legislación vigente, opten a puestos de trabajo convocados por la Administración General del Estado, sus organismos públicos, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y la Administración de Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud y sean titulares del diploma de español nivel B2 o el diploma de español nivel C2 quedarán exentos de realizar las pruebas de conocimiento de español que puedan establecerse y que se correspondan con los niveles de dichos diplomas.

3. Los "diplomas de español como lengua extranjera (DELE)" se considerarán acreditación suficiente de competencia en español para cualquier actividad profesional o académica en España para la que se requiera el nivel de competencia correspondiente.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2008-03-13