Real Decreto 1137/2002 Art. 8
Artículo 8. Colaboración con universidades y otras instituciones.
El Instituto Cervantes podrá encomendar la elaboración de los modelos de exámenes, la evaluación de las pruebas y cualesquiera otras tareas relacionadas con los diplomas a universidades y otras instituciones de reconocido prestigio internacional en la enseñanza del español, en los términos que se establezcan en los convenios de colaboración que se suscriban al efecto.