Ley 3/2002 · Ley 3/2002, de 9 de abril, de Educación de Personas Adultas de Castilla y León.
Ley 3/2002 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. Inscripción.
Los centros específicos de educación de personas adultas, tanto públicos como privados, se inscribirán en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León.