Real Decreto 835/2003 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales.
1. El instrumento objetivo básico de análisis y valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de la cooperación económica local del Estado será la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales, elaborada según metodología común por las diputaciones provinciales, con la colaboración técnica del Ministerio de Administraciones Públicas.
2. La finalidad de la encuesta es conocer la situación de las infraestructuras y equipamientos de competencia municipal, formando un inventario de ámbito nacional, de carácter censal, con información precisa y sistematizada de los municipios con población inferior a 50.000 habitantes.
3. La actualización y mantenimiento de la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales se efectuará por las entidades que participan en su elaboración. Corresponde al Ministerio de Administraciones Públicas el seguimiento de estas tareas y la colaboración económica en ellas, así como el fomento de su ampliación a otras entidades locales.