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Real Decreto 835/2003 · Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.

Real Decreto 835/2003 Art. 5

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. Distribución territorial de las subvenciones.

1. Para la determinación de la distribución territorial de las subvenciones se tendrán en cuenta tanto las necesidades de infraestructura y equipamiento, evaluadas a través de la información contenida en la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales, como la capacidad financiera de las haciendas correspondientes y otros factores que indiquen el nivel socioeconómico territorial y la ejecución de los planes precedentes.

2. El Ministerio de Administraciones Públicas, de acuerdo con los criterios contenidos en el apartado anterior, determinará los correspondientes indicadores y su ponderación, que serán previamente informados por la Comisión Nacional de Administración Local.

3. Compete al Ministerio de Administraciones Públicas, a través de la Secretaría de Estado de Organización Territorial del Estado, la aprobación de la distribución territorial, por provincias e islas, de las asignaciones del Estado destinadas a las aportaciones a planes provinciales e insulares, la cual será efectuada y comunicada a las diputaciones provinciales en el mes de enero del ejercicio presupuestario correspondiente.