Ley 9/2002 · Ley 9/2002, de 14 de noviembre, de Impulso a la Localización Industrial de Extremadura.
Ley 9/2002 Art. 3
Artículo 3. Calificación de «Industria o Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura».
La Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ejercicio de su competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de la comunidad autónoma, y con el fin de promover el desarrollo y la expansión del sector industrial, podrá otorgar la calificación de “Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura” a los proyectos de creación de polígonos industriales o parques empresariales, conforme al procedimiento establecido en la presente ley y en las normas de desarrollo de esta.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2019-05-09