Ley 9/2002 · Ley 9/2002, de 14 de noviembre, de Impulso a la Localización Industrial de Extremadura.
Ley 9/2002 Art. 4
Artículo 4. Condiciones para la obtención de la calificación.
1. (Derogado).
2. Podrán calificarse como “Proyecto de Interés Prioritario para Extremadura” los proyectos públicos de creación de polígonos industriales o parques empresariales de más de 30.000 m², promovidos por la Junta de Extremadura, en aquellas localidades que carezcan de suelo adecuado para la puesta en marcha de la actuación.
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