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Acuerdo de 9 de julio de 2003 · Acuerdo de 9 de julio de 2003, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2003 de Estadística Judicial.

Acuerdo de 9 de julio de 2003 Art. 19

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 19.

La información necesaria para la elaboración de la Estadística Judicial se obtendrá directamente de los sistemas de información de gestión procesal utilizados por los órganos judiciales.

Las estructuras de datos y procedimientos de transmisión y captura de información estadística serán aprobados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, previo informe de la Comisión de Informática Judicial sobre la incidencia que aquéllos puedan tener sobre los sistemas de información de gestión procesal utilizados por los órganos judiciales.