Ley 29/2002 Art. 1
CAPÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Creación, naturaleza y régimen jurídico.
1. Se crea el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, como entidad de Derecho Público, adscrita al Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de investigación agroalimentaria, y que se regirá por las previsiones de la presente Ley, por sus Estatutos y por las demás disposiciones que resulten de aplicación.
2. El Centro tiene personalidad jurídica y patrimonio propios, y goza de autonomía administrativa y plena capacidad de obrar.
3. El Centro ajustará su actividad al Derecho privado, y en particular en sus relaciones externas, tráfico patrimonial y mercantil, sin perjuicio de las excepciones que puedan derivarse de lo establecido en esta Ley.
4. El Centro es un medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos dependientes para la realización de los servicios esenciales relacionados con las funciones previstas en el artículo 3 de esta ley.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2016-02-04