Orden HAC/2324/2003 Art. 4
CAPÍTULO III
4. Retirada de la petición
El Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá retirar en cualquier momento la petición de información transmitida a la autoridad requerida. Esta decisión deberá comunicarse por escrito a la autoridad requerida.