Decreto Legislativo 1/2002 Art. 239
CAPÍTULO XLIV
Artículo 239. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa, de oficio o a instancia de parte:
1. La acreditación del cumplimiento de las normas BPL por parte de los laboratorios o empresas de servicios.
2. La verificación de estudios bajo normas BPL.