Decreto Legislativo 1/2002 Art. 479
CAPÍTULO XCVI
Artículo 479. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa quienes soliciten la revisión o certificación de grado de discapacidad regulada en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
CAPÍTULO XCVI
Artículo 479. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa quienes soliciten la revisión o certificación de grado de discapacidad regulada en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.