Decreto Legislativo 1/2002 Art. 98
CAPÍTULO XIII
Artículo 98. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa derivada de la inscripción para la realización de las pruebas correspondientes para la obtención o la renovación del certificado acreditativo de personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
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