Ley Foral 6/2003 Art. 22
CAPÍTULO III
Artículo 22. Señalización.
En todos los lugares, locales o zonas aludidas en el artículo anterior estará visible y convenientemente señalizada la prohibición de fumar.
CAPÍTULO III
Artículo 22. Señalización.
En todos los lugares, locales o zonas aludidas en el artículo anterior estará visible y convenientemente señalizada la prohibición de fumar.