Ley 10/2002 Art. 17
TÍTULO IV
Artículo 17. Concepto.
1. Constituyen infracciones administrativas en materia de protección de la colombicultura y del palomo deportivo las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley.
2. Podrán ser sancionadas por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Ley las personas físicas o jurídicas que incurran en ellas, tanto por acción como por omisión.