Ley 5/2002 · Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.
Ley 5/2002 Art. 8
CAPÍTULO II
Artículo 8. Derechos de los menores.
Las Administraciones Públicas de Andalucía velarán por que el respeto de los derechos de los menores tenga carácter prioritario y prevalezca sobre cualquier pacto o situación de hecho, con independencia de la unidad de convivencia de la que aquéllos formen parte y de la relación jurídica existente entre sus miembros.