Ley 3/2003 Art. 38
TÍTULO IV
Artículo 38. Derecho de acceso a archivos y registros.
1. Todo ciudadano tiene derecho a acceder a los archivos y registros administrativos en los términos previstos en la normativa vigente.
2. El derecho de acceso conlleva el de obtener copias o certificados de los documentos, previo pago, en su caso, de las exacciones establecidas legalmente.