Ley 5/2003 Art. 46
CAPÍTULO SEGUNDO
Artículo 46. Planificación.
1. Corresponde a la Administración de la Comunidad de Castilla y León la elaboración de planes y programas de actuación para el logro de objetivos comunes en materia sociosanitaria, con la intervención de los órganos institucionales de participación.
2. El desarrollo y ejecución de planes y programas de actuación preverá la colaboración entre Administraciones Públicas y entidades privadas, a través de los instrumentos y procedimientos legalmente establecidos.