Ley 5/2003 Art. 52
SECCIÓN PRIMERA
Artículo 52. Planificación regional.
La Junta de Castilla y León, en materia de planificación, tiene las siguientes competencias:
a) Aprobación de la planificación regional para las personas mayores.
b) Aprobación de zonas, demarcaciones territoriales y agrupaciones de éstas que sirvan de ámbito para la prestación de los servicios contemplados en la presente Ley.