Ley 18/2003 Art. 156
Sección 4
Artículo 156. Medios.
El Instituto Andaluz de la Juventud facilitará al Consejo de la Juventud de Andalucía los medios necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones.
Sección 4
Artículo 156. Medios.
El Instituto Andaluz de la Juventud facilitará al Consejo de la Juventud de Andalucía los medios necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones.