Ley 18/2003 Art. 47
Sección 3
Artículo 47. Estimación indirecta de la base imponible.
En los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley General Tributaria o norma que le sustituya, la Administración determinará la base imponible en régimen de estimación indirecta, utilizando para ello cualquiera de los medios referidos en el citado artículo.