Orden TAS/500/2004 Art. 37
CAPÍTULO V
Artículo 37. Régimen sancionador.
Las infracciones a la normativa en materia de formación continua, hayan dado lugar o no al disfrute indebido de bonificaciones, tipificadas por el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, serán sancionadas conforme a lo establecido en dicho texto legal, ello sin perjuicio de la comunicación a la Fiscalía General del Estado de aquellos supuestos en los que pueda apreciarse una presunta responsabilidad penal.