Real Decreto 2319/2004 Art. 18
CAPÍTULO IV
Artículo 18. Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
CAPÍTULO IV
Artículo 18. Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.