Ley 20/2006 · Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Ley 20/2006 Art. 40
CAPÍTULO I
Artículo 40. Disolución de la mancomunidad.
La disolución de la mancomunidad se ajustará a lo dispuesto en sus estatutos. El acuerdo de disolución, una vez adoptado estatutariamente, se publicará en el Butlletí Oficial de les Illes Balears para su conocimiento, y se dará traslado al consejo correspondiente, al Gobierno de las Illes Balears y al Registro de Entidades Locales.