Ley 20/2006 · Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.
Ley 20/2006 Art. 41
CAPÍTULO I
Artículo 41. Medidas de fomento.
El Gobierno de la comunidad autónoma y los consejos deben prestar especial asesoramiento y apoyo a la constitución de las nuevas mancomunidades, así como al funcionamiento de las ya existentes.