Real Decreto 1345/2007 Art. 40
Seccion 4
Artículo 40. Material de acondicionamiento de las muestras gratuitas.
El material de acondicionamiento de las muestras gratuitas, cualquiera que sea éste, habrá de reunir las mismas características y condiciones que las autorizadas para los envases de venta al público, con las siguientes excepciones:
a) Se suprimirá o anulará el cupón precinto del Sistema Nacional de Salud.
b) En el embalaje exterior se indicará de manera indeleble y bien visible la leyenda: «Muestra gratuita, prohibida su venta».