Ley Foral 15/2006 · Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.
Ley Foral 15/2006 Art. 10
CAPÍTULO II
Artículo 10. Prestaciones del sistema público de servicios sociales.
1. Las prestaciones del sistema público de servicios sociales tendrán como finalidad conseguir los objetivos previstos en esta Ley Foral.
2. Las prestaciones del sistema público de servicios sociales podrán ser técnicas, económicas o materiales.